
Por un ISEF libre de acoso, violencia y discriminación.
El cometido fundamental del Protocolo es la aplicación de la Ordenanza de actuación ante situaciones de violencia, acoso y discriminación de la Udelar Res. N° 6 del CDC del 03/IX/2024 – Dist. 715, 811 y 847.24 – DO 12/IX/2024.
La misma se aprueba en el marco de la Política Institucional sobre VAD (CDC, resolución nº 6 del 26 de marzo de 2019) basada en la firme convicción de que la Udelar “como ámbito educativo y laboral debe estar exento de toda manifestación que perturbe, ponga en riesgo o menoscabe los derechos y la integridad física, emocional o psicológica de cualquiera de sus integrantes dentro o fuera de la institución durante el transcurso de actividades de trabajo, estudio, gestión y cogobierno, actividades relacionadas con ellas o que sean consecuencia de ellas”. (Udelar, 2019, p.3)
El protocolo se enmarca en el Plan de desarrollo institucional 2026-2030 en su eje “Mejora de las condiciones de estudio y trabajo, sistema de cuidados, derechos de todos y todas”. Se establece como objetivo estratégico:
Consolidar al ISEF como un servicio universitario comprometido con el pleno ejercicio del derecho a la educación superior, garantizando condiciones de estudio y trabajo dignas, inclusivas, libres de discriminación y de acoso, impulsando políticas y acciones orientadas al bienestar integral, la igualdad de género, la accesibilidad, la transparencia institucional y la mejora, promoviendo una transformación cultural basada en los derechos y la justicia social.
(PDI, 2026, p.31)
El protocolo sirve para determinar los mecanismos para la prevención, recepción, actuación y seguimiento ante las situaciones de violencia, acoso y discriminación que se den entre personas vinculadas al ISEF.
Es un instrumento orientador que regula las medidas institucionales que propician un ambiente de estudio y trabajo libre de violencias.Define las características y responsabilidades de los diferentes espacios encargados de recibir consultas o denuncias de situaciones de violencia, acoso o discriminación.
Durante las actividades de estudio o trabajo se pueden identificar situaciones de discriminación asociadas a burlas sea por la identidad étnica racial, identidad de género, edad, rol de desempeño, capacidad física o intelectual. Se pueden dar gritos, desprecios o insultos entre pares (estudiantes o funcionarios), o entre distintos roles o tareas desempeñadas. Las principales manifestaciones de violencia en el ámbito de la universidad son el acoso sexual, el acoso laboral y los conflictos que pueden escalar a situaciones de violencia. También se pueden identificar comunicaciones inadecuadas en entornos digitales.
Acoso sexual:
Se pueden dar situaciones de acoso sexual como: propuestas indeseadas donde no se respeta la negativa como respuesta; amenazas u hostigamiento de carácter sexual o sexualizado; tocamientos indeseados, que pueden ser explícitos o sutiles, incluso ocasionales, en los que se identifican con una intencionalidad sexual.
Además, comprende a todos los comportamientos que resulten ofensivos o humillantes para quien los recibe o cree un ambiente de trabajo intimidatorio, hostil o humillante; miradas sugerentes insistentes o miradas fuera de lo deseable por la persona que lo recibe, pueden identificarse como acoso sexual.
Estas prácticas no deben ser aceptadas en el ISEF.
Acoso laboral:
El acoso laboral se configura por el maltrato y la violencia que generan daños o temor a represalias en quienes lo sufren. Puede darse en todos los escalafones laborales, entre funcionarios/as docentes, técnicos, administrativos o de servicios. Quien o quienes desarrollan prácticas abusivas que desencadenan en situaciones de violencia, pueden ser de jerarquía, subalterno, de distinto o igual escalafón.
Es necesario frenar el acoso laboral para evitar su escalonamiento.
En los ámbitos académicos y docentes también se dan situaciones de violencia laboral y puede configurarse acoso laboral. Por ejemplo, la exclusión de docentes, la sobrecarga de tareas que no aportan a la carrera académica, la negación a participar en tareas sustantivas para su desarrollo. Todas estas pueden llegar a configurar situaciones de acoso solo bajo ciertas condiciones.
La discriminación sistemática puede configurar una situación de acoso si la finalidad es dañar la carrera laboral o académica. Una orden de la jerarquía (dentro de sus tareas establecidas) y la organización de las tareas (aunque estemos en desacuerdo)no configuran por sí mismas una situación de discriminación o acoso laboral.
Conflictos:
Los conflictos o diferencias entre las personas adultas no pueden resolverse mediante gritos, maltratos o agresiones, estas son manifestaciones de violencia. Los conflictos deben resolverse mediante el respeto y la generación de acuerdos que permitan tramitar las diferencias.
Comunicaciones:
Las comunicaciones que se efectúan fuera de los mecanismos adecuados para los roles que se desempeñan, como el uso de las redes sociales entre docentes-estudiantes, no son adecuadas y deben ser evitadas siempre que sea posible. Debe privilegiarse la plataforma EVA para la comunicación entre estudiantes y docentes. No es necesario estar en comunicación entre estudiantes y docentes mediante redes sociales para establecer una buena relación de formación profesional.
Comprende a todas las relaciones educativas y laborales que se den en el marco de ISEF.
El protocolo puede ser aplicado si estudiantes, docentes, funcionarios y funcionarias TAS, egresados y egresadas, becarias y becarios, pasantes o terceras personas que mantienen un vínculo con ISEF consideran que pueden estar viviendo situaciones de violencia, acoso o discriminación.
Se incluyen aquellas situaciones que se hayan generado y/o mantenido en relación a ISEF, producida dentro o fuera de los locales universitarios, siempre y cuando se relacionen con actividades de trabajo, estudio, gestión y cogobierno y estén bajo control de la institución. Incluye todas las sedes y ámbitos de interacción, los congresos, estancias internacionales, clase prácticas o de extensión, los entornos digitales y también los espacios públicos aledaños.
Los principios que conceptualizan y establecen la ordenanza y el protocolo sobre VAD garantizan los procedimientos desde la protección de los derechos humanos.
Estos son:
• Legalidad (acorde a las normativas)
• Celeridad (mayor prontitud posible).
• Confidencialidad (no difusión de la información), sin perjuicio de la sustanciación de procedimientos sumariales donde tanto el sumariado como el abogado accederán a la documentación.
• Reserva (proteger el derecho a la intimidad de la persona denunciada y denunciante).
• Imparcialidad
• Buena fe y lealtad
• No revictimización (evitar reiteración innecesaria del relato de los hechos).
• Prohibición de represalias
• Igualdad y no discriminación (velar por la igualdad de derechos, oportunidades y la dignidad de todas las personas).
• Presunción de inocencia, debido procedimiento y decisión motivada
• Valoración de la prueba (garantizar que la prueba no sea desvalorizada en base a estereotipos de género u otros factores de discriminación, conforme a la sana crítica).
• Garantía de no confrontación (se prohíbe exponer a la persona denunciante ante la denunciada).
En ISEF se pueden realizar en dos ámbitos exclusivos de Udelar. Ante la figura de referente VAD o ante la Unidad Central de Violencia Acoso y Discriminación (UCVAD).
- En ISEF: ante la persona Referente VAD que está contratada específicamente para esta tarea por el Servicio. Te orientará y acompañará en los pasos que quieras seguir.
- En la UCVAD: ante el equipo técnico especializado. Este equipo tiene la potestad de actuar ante denuncias concretas.
Los gremios podrán derivar a la persona Referente VAD, a través de sus representantes, situaciones de las que tomen conocimiento, con previo consentimiento de la o las personas afectadas. Además, se contempla
la posibilidad de realizar la denuncia ante la Inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Si fuera un presunto acto delictivo, la denuncia podrá realizarse en Fiscalía o seccional policial.
Las denuncias públicas (como los escraches), sin importar el medio por el cual se desarrollen, sea redes sociales, instalaciones del ISEF, u otros ámbitos públicos, no son un mecanismo cuidado que asegure el fin de la situación de violencia, acoso o discriminación. Al no sucederse mediante las garantías del debido proceso, esta denuncia puede transformarse en un hecho de mayor vulneración de derechos para las personas que sufren la situación y el aumento de la violencia vivida.
Si sentís que podés estar enfrentando una situación de violencia, acoso o discriminación, podés realizar una consulta ante la referente VAD de ISEF o ante UCVAD o cualquier otro equipo técnico de la Udelar, sin que se desencadene ninguna otra acción. Las consultas no son vinculantes, no tendrán efectos administrativos o sancionatorios. Siempre se acordará con la persona consultante los pasos a seguir. Serán confidenciales y reservadas.
Puedes hacer la consulta en forma oral o escrita, presencial o virtual.
Cualquiera de los ámbitos que reciba una solicitud de consulta debe responder dentro de los 5 días hábiles, agendando una entrevista a la brevedad.

Podés realizar una denuncia de manera presencial o virtual, ante la persona referente VAD de ISEF o ante la UCVAD.
Para realizar una denuncia es imprescindible que la persona que vive el daño acuerde realizar tal denuncia. La misma puede formularse verbal o escrita, pero su formalización requiere realizarla en forma escrita y firmada.
Deberá contener los datos de la o el denunciante, el o la denunciada, así como una descripción de los hechos que se quieren denunciar y la identificación de las personas involucradas (formulario disponible). Las denuncias pueden ser realizadas en forma individual o colectiva.
Luego, comenzará un proceso de indagación y entrevistas a las partes (persona/s denunciante/s y denunciada/s) por parte de la Unidad Central de Violencia, Acoso y Discriminación (UCVAD), quienes informarán las recomendaciones a la Comisión Directiva de ISEF o el Consejo Directivo Central de Udelar (cuando corresponda), quienes tomarán las decisiones de las actuaciones siguientes. Las autoridades competentes pueden disponer investigaciones de urgencia, investigaciones administrativas o sumarios.
Si la denuncia se realiza ante la Referente VAD de ISEF, ésta debe remitirse en 24 horas a UCVAD, quienes realizarán las actuaciones correspondientes (incluidas la pertinencia de la denuncia y las entrevistas a las partes involucradas).
Si la denuncia se realiza ante la UCVAD, ésta deberá evaluar su pertinencia en un plazo de 72 horas hábiles y luego comunicar su resolución para pasar a efectuar las entrevistas a las personas involucradas (denunciante/s y denunciada/s).

En la ordenanza se prevé que en caso de que la UCVAD o la referente VAD del Servicio valore la situación de conflicto como plausible de resolverse mediante procedimientos alternativos tales como la mediación, podrá generar las instancias correspondientes a fin de procurar la solución de la controversia, siempre que cuente con el consentimiento de la persona que consulta y no sea una situación que implique violencia de género (especialmente acoso sexual).
Este procedimiento no inhabilita a que la persona realice una denuncia.
- Protocolo de actuación ante situaciones de violencia, acoso y discriminación – Descargar / Ver resolución
- Folleto informativo estudiantes – Descargar
- Folleto informativo funcionarios y funcionarias – Descargar
- Ordenanza de actuación ante situación de violencia, acoso y discriminación de Udelar – Descargar
- Conocé el recorrido de la Udelar en materia de Violencia, acoso y discriminación – Enlace
✱ Contacto
Referente VAD Isef: Natalia Guidobono
Podés enviar tus consultas o denuncias a: consultasydenuncias@isef.udelar.edu.uy. El mail será leído únicamente por la persona referente VAD de ISEF y la información se tratará en base a los principios mencionados.
Teléfono: 2400 8393 int. 26100 - 091 085 060
Mail: secretaria-ucvad@udelar.edu.uy; ucvad@udelar.edu.uy
Por otros temas de género y diversidad en ISEF acudir a la Comisión de equidad y género.
Correo electrónico: ceg@isef.udelar.edu.uy
Conocé más: https://isef.udelar.edu.uy/comision-de-equidad-y-genero/










